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INSPECCIÓN DE TRABAJO vs FRAUDE LABORAL

Oct 27, 2015Laboral0 Comentarios

Sabemos que últimamente habéis estado interesados en el tema de las inspecciones de trabajo. Pues bien, nosotros, hemos intentado hacer un pequeño resumen de lo que os podría ayudar a aclarar algunas ideas.

Para ponernos en situación y dar una pequeña pincelada introductoria antes de comentar la nueva Ley de Inspección de Trabajo:

El Consejo de Ministros aprobó, hace unos meses, un Anteproyecto de Ley con el fin de mejorar la eficacia de las actuaciones contra el fraude laboral.  Éste proviene de la nueva Ley de inspección de Trabajo, cuyos objetivos principales son la lucha contra el fraude laboral y la lucha contra el fraude a la Seguridad Social.

Para tal fin, se crea una Nueva Oficina Nacional de Lucha Contra el Fraude Laboral cuyas funciones son:

  • Detectar el fraude
  • Programar y ejecutar actuaciones de inspección
  • Evaluar los resultados

Esta oficina se unirá a la Plataforma Europea contra el trabajo no declarado y, además, servirá para mejorar la colaboración institucional entre Administraciones Públicas.

Cabe recordar, que, con el nuevo anteproyecto, las sanciones por fraude a la Seguridad Social y los delitos contra los derechos de los trabajadores, se agravan.

Posteriormente, ahora sí nos introducimos de lleno, en julio, se aprobó y se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Esta norma se incluye en las medidas adoptadas por el Gobierno para racionalizar, simplificar y modernizar las Administraciones Públicas con el objetivo de adaptar el modelo organizativo y reforzar la Inspección con el fin de incrementar su efectividad. Ésta, configura, también, el Sistema de la Inspección de Trabajo conforme a unos principios, de los que destacamos la eficacia y la calidad en la prestación del servicio.

Las materias que comprenden el ámbito de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social son, entre otras:

  • Laboralesinspecciones de trabajo
  • Prevención de riesgos laborales
  • Seguridad social
  • Empleo
  • Formación profesional para el empleo
  • Protección por desempleo
  • Trabajo de extranjeros
  • Igualdad de trato y oportunidades

Esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social será ejercida por:

  • Inspectores de trabajo y Seguridad Social
  • Subinspectores Laborales

Se entiende la Inspección de Trabajo y Seguridad Social como un servicio público encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa de orden social y de exigir las responsabilidades pertinentes, así como de: asesorar, conciliar, mediar y arbitrar en las materias citadas anteriormente.

Sabiendo esto, queremos destacar (para ir entrando en materia y citar algo que creemos de lo más importante) que la Inspección de Trabajo está dando máxima prioridad a “pillar” contratos temporales fraudulentos, y así, transformarlos en indefinidos.

Seguramente, estaréis pensando que no vendría mal algún consejo para no cometer según qué errores, los cuales, a veces, pueden haberse cometido sin intención y sin darse cuenta.

Pues bien… anotad tres pistas clave que siguen los inspectores para destapar contratos fraudulentos:

  1. En actividades de campaña o de temporada se suelen cometer dos errores a los que los inspectores se acogen rápidamente:
  • Contratar trabajadores a través de una Empresa de Trabajo Temporal.
  • Utilizar contratos por obra o servicio.

Las dos acciones anteriores están totalmente prohibidas. Las empresas están obligadas a acceder año tras año a los mismos trabajadores y con un contrato indefinido fijo discontinuo.

  1. Los contratos eventuales por circunstancias de la producción, solo pueden concertarse durante 6 meses como máximo dentro de un periodo de 12 desde que se produce la necesidad de mano de obra extra en la empresa.
  2. Especifique, de manera generosa y sin cortarse, la descripción de la obra o el servicio que forman el objeto en los contratos por obra o servicio. A los inspectores les agrada una buena descripción y unos buenos detalles concretos.

En cuanto a los resultados, las actuaciones desempeñadas en la lucha contra el fraude laboral y a la Seguridad Social durante los tres años anteriores a éste, han tenido un gran impacto económico global. De la misma manera que se han transformado miles de contratos temporales en indefinidos y se han anulado miles de altas ficticias o contrataciones falsas en empresas inexistentes o sin actividad, que fueron creadas con el fin de tener un fácil acceso (y fraudulento, claro está) a diferentes prestaciones.

Fuente: Gestoria Gavà

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