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Alcohol y drogas al volante: límites, sanciones y consecuencias para los conductores

Sep 1, 2026Tráfico0 Comentarios

Las sanciones pueden alcanzar los 1.000 euros y la pérdida de hasta 6 puntos, mientras que en determinados casos conducir bajo los efectos de estas sustancias puede constituir un delito.

 

El alcohol y las drogas continúan siendo uno de los principales factores de riesgo en la carretera. Su consumo afecta a capacidades esenciales para la conducción, como los reflejos, la percepción, la coordinación y la capacidad para tomar decisiones, aumentando considerablemente el riesgo de sufrir un accidente.

Por este motivo, la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene los controles de alcohol y drogas durante todo el año y refuerza la vigilancia especialmente en épocas de mayor movilidad, como el verano. Estos controles tienen un carácter principalmente preventivo y buscan detectar a los conductores que circulan después de haber consumido estas sustancias antes de que puedan provocar un siniestro.

 

 

Señal circular de prohibido beber alcohol con una copa tachada sobre fondo blanco.

No alcohol sign [Fotografía]. (s. f.). Supersmario/Getty Images Signature.

¿Cuáles son los límites de alcohol al volante?

En España, el límite general para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre (g/l) o 0,25 miligramos por litro de aire espirado (mg/l). Para los conductores profesionales y aquellos que tienen menos de dos años de antigüedad del permiso de conducir, el límite se reduce a 0,3 g/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado. En el caso de los menores de edad que conduzcan cualquier vehículo, la tasa permitida es de 0,0 g/l en sangre y 0,0 mg/l en aire espirado.

Aunque la legislación establezca unos límites, la DGT recuerda que la única tasa segura al volante es 0,0. La cantidad de alcohol necesaria para afectar a la conducción puede variar de una persona a otra y factores como el peso, la alimentación o el tiempo transcurrido desde el consumo pueden influir en sus efectos.

 

¿Qué sanciones pueden aplicarse?

Las consecuencias administrativas dependen de la tasa detectada y del tipo de conductor:

  • 500 euros y 4 puntos: para los conductores generales que superen los 0,25 mg/l y no excedan de 0,50 mg/l.
  • 1.000 euros y 6 puntos: cuando se superan los 0,50 mg/l.
  • 1.000 euros y 6 puntos: por conducir con presencia de drogas en el organismo.
  • Conductores profesionales y noveles: cuentan con límites de alcohol inferiores, por lo que las sanciones pueden aplicarse a partir de tasas más bajas.

En el caso de las drogas, la normativa establece una diferencia respecto al alcohol: no existe una tasa mínima permitida. La mera presencia de drogas en el organismo mientras se conduce puede dar lugar a una sanción administrativa, aunque las consecuencias pueden ser todavía mayores si se demuestra que el conductor circulaba bajo su influencia.

 

Alcohol y drogas: ¿cuándo puede ser delito?

No todas las conductas relacionadas con el consumo de estas sustancias tienen únicamente consecuencias administrativas. En determinadas circunstancias, conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas puede constituir un delito contra la seguridad vial.

En el caso del alcohol, el Código Penal establece unos umbrales concretos a partir de los cuales se considera delito en todo caso, aunque también puede existir responsabilidad penal cuando se demuestra que el conductor circulaba bajo la influencia de la sustancia.

  • Más de 0,60 mg/l en aire espirado: constituye delito.
  • Más de 1,2 g/l de alcohol en sangre: constituye delito.
  • Conducir bajo la influencia: puede constituir delito aunque la tasa sea inferior si se acredita que el alcohol o las drogas afectaban a la capacidad para conducir.
  • Consecuencias penales: además de las sanciones económicas, pueden incluir la retirada del derecho a conducir y otras penas previstas en el Código Penal.

Los controles preventivos desempeñan un papel fundamental para reducir este tipo de conductas. La DGT realiza pruebas incluso cuando no existe una infracción previa, con el objetivo de detectar a los conductores que han consumido alcohol o drogas y evitar que continúen circulando.

El alcohol sigue teniendo además una presencia significativa en la siniestralidad vial. Según los datos de la DGT, estuvo presente en el 28 % de los siniestros mortales registrados en 2024, lo que demuestra que conducir después de consumir alcohol continúa siendo un importante problema de seguridad vial.

Por todo ello, la recomendación es sencilla: si vas a conducir, no consumas alcohol ni drogas. Planificar el desplazamiento con antelación y utilizar alternativas como el transporte público, un taxi o contar con un conductor que no haya consumido puede evitar tanto un accidente como importantes consecuencias económicas y legales.

La mejor tasa al volante sigue siendo 0,0.

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